Documento técnico de posición · 19 septiembre 2026

El futuro eléctrico de Canarias necesita más de una respuesta.

Una propuesta para garantizar seguridad de suministro, neutralidad tecnológica y descarbonización en cinco sistemas eléctricos aislados.

La tesis central es sencilla: primero hay que definir qué servicio necesita cada sistema; después, comprobar quién puede prestarlo.

CINCO SISTEMAS · CINCO NECESIDADES SEPARADAS Gran Canaria Tenerife · La Gomera Lanzarote · Fuerteventura La Palma El Hierro
2030objetivo propuesto
para el nuevo modelo

La idea en un vistazo

La seguridad no es una tecnología. Es una prestación que hay que medir.

La propuesta adapta las herramientas del mercado de capacidad peninsular a la física de los sistemas canarios, sin copiar su arquitectura.

5

sistemas eléctricos aislados, cinco ámbitos de suficiencia.

2029

final del horizonte del mecanismo retributivo actual como ayuda de Estado.

4

pilares separados: cobertura, flexibilidad, estabilidad y red.

Primero debemos determinar cuánta suficiencia, flexibilidad y estabilidad necesita cada sistema. Después debemos cuantificar qué aporta cada recurso. Solo entonces debería decidirse la combinación tecnológica.

01

Separar el valor de la energía del valor de estar disponible.

02

Medir la firmeza por la contribución real a la seguridad, no por la potencia nominal.

03

Permitir competir a cualquier recurso capaz de acreditar el servicio requerido.

Propuesta oficial

707,5 MW de potencia térmica convocada

Horizonte 2031
Gran Canaria 320 MW
Tenerife-La Gomera 230,5 MW
Lanzarote-Fuerteventura 95 MW
La Palma 52 MW
El Hierro 10 MW

La fuente oficial denomina esta magnitud «potencia adicional térmica convocada». El documento la reinterpreta como una necesidad de cobertura que debe volver a analizarse con neutralidad tecnológica. No significa que la demanda máxima vaya a aumentar 707,5 MW ni que exista necesariamente un déficit instantáneo de esa magnitud.

Mapa del documento

Cuatro bloques para una misma decisión

I

Punto de partida

Por qué hay que rediseñar la cobertura

Páginas 4–7
01

Objeto del documento

El presente documento formula una propuesta técnica y regulatoria para evolucionar el modelo canario de garantía de suministro.

No propone copiar el mercado peninsular. Los sistemas eléctricos canarios presentan características físicas y operativas claramente diferentes: tienen menor tamaño, menor capacidad de apoyo exterior y una pérdida súbita de generación representa un porcentaje mucho mayor de la demanda. Las interconexiones existentes tienen capacidad limitada y las necesidades de estabilidad adquieren una importancia proporcionalmente superior.

La propuesta tampoco cuestiona la necesidad de mantener elevados niveles de seguridad. Al contrario, parte de una condición irrenunciable: la transición energética solo será viable si preserva la seguridad del suministro.

El cambio de enfoque

Durante años hemos identificado una necesidad de potencia y, después, hemos buscado grupos que pudieran cubrirla. El futuro exige separar ambas decisiones: primero saber qué servicio necesita el sistema; después comprobar quién puede prestarlo.

02

Una posición que ya venía construyéndose

La creación del mercado peninsular no introduce una preocupación nueva en Canarias-sostenible.es. En enero de 2026 se publicó «El Mercado de Capacidad. Un Paso Necesario», analizando la conveniencia de separar el valor de la energía del valor de mantener potencia disponible cuando el sistema pudiera necesitarla.

Posteriormente se profundizó en la naturaleza técnica del almacenamiento. En «Almacenamiento con sincronismo: guardar energía no basta» se defendió que disponer de MWh almacenados no garantiza por sí mismo que una instalación pueda resolver problemas de frecuencia, tensión o fortaleza eléctrica.

En «Baterías en Canarias: quién las pagará y por qué» se propuso diferenciar entre energía, disponibilidad y prestaciones técnicas, con servicios verificables y consecuencias económicas si una instalación no presta aquello por lo que es remunerada.

Esta propuesta es la evolución de un análisis mantenido durante meses y no una reacción improvisada a la nueva norma.

03

Cómo funciona actualmente la cobertura

Un análisis probabilístico que conviene conservar

El Real Decreto 738/2015 utiliza una metodología probabilística para evaluar la suficiencia de los sistemas eléctricos no peninsulares. No se limita a sumar potencia instalada: considera demanda, disponibilidad de grupos, generación renovable, tasas de fallo, mantenimientos y otras variables.

El criterio de seguridad exige que la probabilidad mensual de déficit sea inferior al equivalente de un día cada diez años. Este enfoque tiene valor y la propuesta no plantea sustituirlo por reglas simplistas.

El problema aparece después del diagnóstico

La regulación actual fue construida en un contexto tecnológico diferente. Cuando el análisis identifica problemas de cobertura, la respuesta regulatoria ha estado históricamente vinculada a generación gestionable. Hoy existen alternativas tecnológicas capaces de contribuir a la suficiencia.

El problema no está necesariamente en el cálculo del riesgo, sino en que la solución tecnológica puede quedar condicionada demasiado pronto. Se propone conservar y mejorar el análisis probabilístico, pero expresar su resultado como necesidad de potencia firme adicional, en lugar de traducirla directamente en necesidad de una tecnología determinada.

04

Los 707,5 MW: una necesidad de cobertura, no una tecnología

El MITECO inició en julio de 2026 la tramitación de la segunda convocatoria de concurrencia competitiva para cubrir necesidades previstas en 2031. El análisis del operador identifica los 707,5 MW adicionales descritos para Canarias.

La formulación técnicamente prudente es: «el análisis vigente identifica una necesidad adicional de cobertura cuya traducción actual conduce a 707,5 MW de potencia gestionable en los términos de la convocatoria».

La pregunta propuesta es distinta: ¿qué combinación de recursos proporciona el mismo nivel de suficiencia que ha dado lugar a la identificación de esos 707,5 MW? No se pretende sustituir MW térmicos por MW de baterías en una relación uno a uno, sino volver al origen del cálculo.

05

Cinco sistemas eléctricos, cinco ámbitos de suficiencia

Desde el 1 de julio de 2026 Canarias cuenta oficialmente con cinco sistemas eléctricos aislados: Gran Canaria, Tenerife-La Gomera, Lanzarote-Fuerteventura, La Palma y El Hierro.

La propuesta no los denomina «zonas de mercado», porque esa expresión puede confundirse con las zonas de oferta del mercado eléctrico europeo. Utiliza el término ámbitos de suficiencia.

GCGran Canaria
TGTenerife-La Gomera
LFLanzarote-Fuerteventura
LPLa Palma
EHEl Hierro

Cada ámbito tendría su propio análisis probabilístico. Un recurso situado en Gran Canaria no cubre una contingencia en Tenerife. Una batería de La Palma no aporta capacidad a El Hierro. Incluso dentro de Tenerife-La Gomera o Lanzarote-Fuerteventura pueden existir limitaciones de transferencia que obliguen a establecer mínimos locacionales.

El nuevo mecanismo debería tener reglas comunes para Canarias, pero necesidades separadas por ámbito.

06–08

Qué aprender del mercado peninsular y qué ocurre en 2029

Separar potencia de energía

El nuevo mercado paga por disponibilidad de potencia firme. La venta de energía sigue teniendo su propia lógica. Esto evita que un recurso necesario para garantizar cobertura dependa exclusivamente del número de horas que produce.

Coeficientes de firmeza

La norma no considera automáticamente firme toda la potencia nominal. Utiliza coeficientes específicos por tecnología. Una planta de 100 MW puede contribuir con una potencia firme muy diferente según disponibilidad, recurso primario, duración, estado energético, tasa de fallos y comportamiento durante periodos críticos.

Apertura tecnológica

El artículo 22.1 del Reglamento (UE) 2019/943 exige que los mecanismos de capacidad estén abiertos a todos los recursos capaces de proporcionar el rendimiento técnico requerido, incluido almacenamiento y gestión de demanda, y que la remuneración se determine mediante un procedimiento competitivo.

La singularidad eléctrica canaria no termina en 2029. La Decisión (UE) 2024/560 concede excepciones de duración indefinida debido a la condición ultraperiférica de Canarias. Lo que tiene horizonte hasta el 31 de diciembre de 2029 es el actual mecanismo de remuneración del RD 738/2015 autorizado como ayuda de Estado.

Después de 2029 Canarias seguirá teniendo un modelo singular. Lo que debe rediseñarse es cómo se remunera la capacidad necesaria para garantizar cobertura. La remuneración deberá determinarse competitivamente y todos los recursos técnicamente capaces deberán poder participar.

Margen para diseñar una metodología propia

El marco europeo no obliga a copiar punto por punto el mercado peninsular. La Decisión 2024/560 mantiene varias excepciones en materia de adecuación y diseño de mercado. La propuesta no importa automáticamente el estándar peninsular de fiabilidad, la metodología de VoLL, el CONE ni la misma arquitectura de subastas: utiliza herramientas útiles y las adapta a la física de los sistemas canarios.

09

Marco jurídico del futuro mecanismo

La Ley 24/2013 diferencia expresamente varios conceptos retributivos: servicios de ajuste, mecanismos de capacidad y retribución adicional específica de los territorios no peninsulares. Esta separación permite plantear un futuro mecanismo canario de capacidad diferenciado del régimen retributivo adicional de la producción.

No se afirma que toda la reforma pueda implantarse mediante una única orden ministerial. La Ley proporciona una habilitación para los mecanismos de capacidad, pero la arquitectura propuesta afecta también a almacenamiento, demanda, agregadores, bombeos, despacho, servicios técnicos y al RD 738/2015. Sería necesario determinar qué modificaciones reglamentarias e incluso legales resultan precisas.

II

Arquitectura propuesta

Cuatro instrumentos, cuatro necesidades distintas

Páginas 7–10
01

Cobertura futura

Mecanismo canario de capacidad

MW firmes disponibles durante periodos de estrés.

02

Flexibilidad operativa

Productos de flexibilidad y balance

Recursos que pueden modificar su comportamiento.

03

Estabilidad eléctrica

Servicios de sistema

Frecuencia, tensión, formación de red y respuesta dinámica.

04

Limitaciones de red

Planificación, redispatch y contratación locacional

Problemas de red que no deben resolverse con un mecanismo de capacidad.

Separarlos evita pagar varias veces por la misma necesidad y evita utilizar el mercado de capacidad para resolver problemas que pertenecen realmente a la red.

10–11

Mecanismo canario de capacidad

Su única misión sería garantizar suficiencia. El producto fundamental sería MW firmes disponibles durante periodos de estrés. La energía generada o absorbida se liquidaría separadamente.

Se definiría un único marco con cinco ámbitos de suficiencia coincidentes inicialmente con los cinco sistemas eléctricos actuales. Las convocatorias podrían realizarse simultáneamente bajo reglas comunes para facilitar supervisión y comparabilidad, pero los MW no serían intercambiables entre islas: cada ámbito tendría su propia curva de necesidad.

Requisitos locacionales

Cuando una interconexión interna limite la capacidad de apoyo entre islas, el operador podría establecer mínimos locacionales. Esto sería especialmente relevante en Tenerife-La Gomera y Lanzarote-Fuerteventura. La localización tendría entonces valor dentro del propio mecanismo de suficiencia.

12

Un estudio abierto antes de contratar

No se puede afirmar cuántos MW térmicos pueden ser sustituidos por baterías o demanda sin realizar el cálculo. Antes de diseñar el mecanismo posterior a 2029 y de asumir nuevos compromisos de muy larga duración, se propone un Estudio Canario de Suficiencia Tecnológicamente Abierto.

Debería utilizar la metodología probabilística vigente o una evolución de ella e incorporar escenarios de:

  • almacenamiento de dos, cuatro, seis, ocho o más horas;
  • respuesta de demanda;
  • bombeo;
  • hibridación renovable;
  • nueva generación renovable gestionable;
  • interconexiones y refuerzos de red;
  • generación existente;
  • mantenimientos e indisponibilidades.

El resultado no sería una lista de tecnologías. Sería una necesidad de MW firmes.

13

Cómo medir la firmeza

Generación térmica

Debe considerar fiabilidad histórica, indisponibilidades forzadas, mantenimientos, restricciones de combustible y disponibilidad real. Una central térmica tampoco merece automáticamente coeficiente uno.

Renovables

Su contribución debe estimarse en función de la correlación estadística entre generación y situaciones de escasez. La potencia fotovoltaica puede tener una aportación elevada durante ciertas horas y prácticamente nula durante otras.

Baterías

Su valoración requiere considerar potencia, energía útil, duración, eficiencia, degradación, posibilidad de recarga, indisponibilidad y duración estadística de los episodios críticos. Resultaría razonable evolucionar hacia metodologías equivalentes conceptualmente al ELCC, valorando cuánto reduce realmente cada recurso el riesgo de déficit.

No se propone imponer una fórmula cerrada. El principio es que la firmeza debe medirse por su contribución real a la seguridad, no por la placa de características.

14–15

Almacenamiento y bombeo

Las baterías deben garantizar energía, no solo MW

Una batería de 100 MW puede estar prácticamente vacía cuando aparece una situación crítica. El mecanismo deberá imponer obligaciones sobre estado mínimo de carga, energía disponible, horas de autonomía, capacidad de recarga, anticipación del periodo de estrés y recuperación posterior. Una batería que cobra por firmeza debe mantener físicamente esa firmeza disponible.

El bombeo requiere tratamiento específico

El Real Decreto-ley 18/2026 establece que, en Canarias, la titularidad de las instalaciones de bombeo debe corresponder al operador del sistema. Si el operador calcula las necesidades, define requisitos técnicos, opera el sistema y es propietario del bombeo, debe evitarse cualquier conflicto institucional.

La propuesta es incorporar la contribución firme del bombeo antes de determinar la capacidad residual a contratar. Por ejemplo, si un ámbito necesita 400 MW firmes adicionales y dispone de 100 MW firmes acreditados de bombeo, el mecanismo competitivo debería cubrir únicamente los 300 MW restantes.

Así, el bombeo contribuiría a la suficiencia sin competir como un oferente convencional contra recursos privados. Cualquier solución diferente requeriría revisar previamente su marco jurídico y de gobernanza.

16–17

Quién puede competir y cómo tratar lo fósil

Una vez descontadas las capacidades que deban tratarse fuera del mecanismo, deberían poder competir almacenamiento electroquímico, generación renovable gestionable, hibridaciones, respuesta de demanda, agregadores, generación convencional que cumpla los requisitos y otras tecnologías capaces de acreditar la prestación. La lista no debería ser cerrada: el regulador debe definir la prestación, no el catálogo tecnológico.

El documento no sostiene que la normativa europea prohíba automáticamente cualquier nueva central fósil. El Reglamento establece límites de emisiones y principios de competencia tecnológica. La decisión de la Orden TED/966/2026 de reservar determinadas nuevas inversiones a renovables, almacenamiento y demanda pertenece al diseño concreto del mecanismo peninsular, no a una prohibición europea automática.

Los contratos de muy larga duración deberían reservarse preferentemente a inversiones compatibles con la trayectoria de descarbonización siempre que la restricción esté técnica y jurídicamente justificada. Esto no significa descartar una tecnología antes de estudiar la suficiencia. Significa evitar consolidar una dependencia fósil durante décadas cuando existan alternativas capaces de prestar la misma seguridad.

18

Los límites de CO₂

El Reglamento (UE) 2019/943 establece condiciones diferentes según la antigüedad de la instalación. Para determinadas instalaciones cuya producción comercial comenzó desde el 4 de julio de 2019, superar 550 gCO₂ fósil/kWh impide recibir pagos de capacidad.

Para instalaciones anteriores, desde julio de 2025 opera una condición conjunta: superar 550 gCO₂/kWh y, además, 350 kgCO₂ fósil por kW instalado y año.

Qué se puede afirmar

No todos los grupos antiguos de Canarias quedarán automáticamente excluidos: habrá que analizar cada instalación. La Decisión 2024/560 sí establece que la excepción concedida al régimen actual respecto de estos límites no debe prolongarse al mecanismo que lo suceda.

III

Operación, competencia y economía

La capacidad no lo resuelve todo

Páginas 10–15
19–20

Segundo pilar: flexibilidad

La suficiencia responde a una pregunta de medio y largo plazo: ¿hay capacidad suficiente? La flexibilidad responde a otra: ¿pueden los recursos modificar su comportamiento cuando cambia la situación operativa?

Una batería puede ser firme y poco flexible si tiene restricciones de operación. Una demanda puede ser flexible durante media hora y no durante cuatro horas. Un grupo puede estar disponible y necesitar varios minutos para alcanzar una determinada carga.

La evolución debería ser gradual: primero productos concretos, después pilotos y posteriormente mecanismos competitivos allí donde exista liquidez suficiente. No se propone crear inmediatamente un mercado completo de balance idéntico al peninsular.

La reforma del almacenamiento sigue en tramitación

En julio de 2026, el MITECO sometió a audiencia un proyecto de modificación del RD 738/2015 destinado a incorporar almacenamiento independiente e hibridado al despacho de los sistemas no peninsulares. La consulta está cerrada, pero la fuente oficial continúa describiéndola como proyecto de Real Decreto, no como norma definitivamente aprobada.

Por tanto, debe distinguirse entre el marco vigente y la reforma prevista.

Ya existe una medida específica de emergencia para que baterías puedan proporcionar reserva rodante cuando la insuficiencia obligaría a recurrir al deslastre de demanda. El Real Decreto-ley 18/2026 permite reconocer parcialmente sus costes bajo determinadas condiciones. Son pasos importantes, pero no equivalen todavía a un marco completo.

21–22

Tercer pilar: servicios de sistema

Un sistema puede disponer de suficiente potencia y seguir siendo eléctricamente vulnerable. Canarias necesita considerar expresamente servicios como:

  • control de frecuencia;
  • respuesta rápida;
  • tensión y potencia reactiva;
  • formación de red;
  • respuesta dinámica ante perturbaciones;
  • autoenergización;
  • black-start;
  • reposición del servicio.

Según cada caso podrían existir tres soluciones: requisito obligatorio, contratación competitiva cuando haya suficientes proveedores, o retribución regulada y auditada cuando el servicio sea imprescindible pero la competencia insuficiente.

Grid-forming no es sinónimo de firmeza

Una batería puede proporcionar ocho horas de energía y disponer de inversores seguidores de red. Otra puede disponer de control grid-forming y almacenar únicamente una hora. Ambas pueden ser útiles, pero resuelven problemas diferentes.

PrestaciónÁmbito
Potencia firmeSuficiencia
Potencia y energía modulablesFlexibilidad
Grid-forming, control dinámico de tensión y respuesta ante perturbacionesEstabilidad

Un mismo equipo puede cobrar por varios servicios siempre que sean distintos y no se remunere dos veces la misma prestación.

23–24

Red, localización y demanda

Cuarto pilar: red y localización

La ubicación tiene valor, pero no todos los problemas locacionales deben resolverse mediante capacidad. Si La Gomera necesita una potencia mínima local porque el cable Tenerife-La Gomera no puede garantizar toda la cobertura, existe una necesidad locacional de suficiencia. Si el problema es una sobrecarga de una línea, una tensión baja o una limitación de transformación, estamos ante un problema de red.

Deberá resolverse mediante planificación, refuerzo, redispatch, automatización o contratación específica de servicios de red. Esta separación evitará que el mecanismo de capacidad se convierta en una solución universal para problemas de naturaleza diferente.

La demanda como recurso

La demanda flexible puede ser uno de los mayores recursos todavía desaprovechados en Canarias: desalación, bombeos de agua, frío industrial, hoteles, procesos industriales, electrolizadores y recarga de vehículos eléctricos.

Una demanda solo puede considerarse capacidad si su reducción es verificable. Deberán definirse líneas base, telemedida, potencia comprometida, duración, tiempo de activación, recuperación posterior y penalizaciones. Un consumidor que declara 10 MW flexibles debe demostrar que puede retirar esos 10 MW cuando se le requiera.

25–26

Competencia y duración de los contratos

Una subasta no garantiza un mercado competitivo. Canarias presenta una elevada concentración en generación convencional y puede ocurrir que una subasta aparentemente competitiva disponga de pocos participantes o de instalaciones indispensables para garantizar cobertura.

El futuro mecanismo necesitaría precios máximos, supervisión ex ante de la CNMC, análisis de concentración, identificación de recursos indispensables, auditoría de determinadas ofertas, reglas contra retención estratégica de capacidad y mecanismos alternativos regulados cuando no exista competencia efectiva.

El objetivo no consiste únicamente en celebrar una subasta. Consiste en conseguir un precio competitivo.

Las instalaciones existentes deberían recibir contratos relativamente cortos, para revisar periódicamente si continúan siendo necesarias. Las nuevas inversiones intensivas en capital pueden requerir contratos plurianuales para conseguir financiación. La Orden peninsular permite contratos más largos para nuevas inversiones y establece un máximo de quince años según la tecnología; Canarias podría utilizarlo como referencia sin reproducir exactamente los mismos plazos.

27–29

Verificación, doble remuneración y coste total

Verificación y penalizaciones

Los proveedores deberían superar pruebas de habilitación y estar sometidos a ensayos, activaciones, comprobaciones de potencia, verificación del estado energético y supervisión de indisponibilidades. Los fallos deberían producir consecuencias económicas. Una instalación que cobra por garantizar capacidad y no responde durante una situación crítica no puede recibir la misma remuneración que otra que cumple. La Orden peninsular adopta precisamente esta filosofía.

Prohibición de doble remuneración

Una instalación podrá recibir ingresos por diferentes servicios cuando sean técnica, económica y temporalmente diferenciables, pero no podrá recibir doble remuneración por la misma capacidad, inversión o prestación. Un BESS puede cobrar por firmeza y regulación, pero no dos veces por mantener los mismos MW disponibles durante el mismo periodo. Las subvenciones también deberán considerarse en la valoración económica.

Coste total del sistema

Comparar tecnologías únicamente mediante €/MW firme puede conducir a decisiones incorrectas. Un grupo térmico puede ofrecer capacidad relativamente barata y consumir combustible durante miles de horas. Una batería puede exigir mayor inversión inicial y, al mismo tiempo, reducir combustible, arranques, vertidos renovables y necesidades de reserva térmica. Un bombeo puede requerir una inversión enorme y operar durante muchas décadas.

La comparación debe incluir inversión, operación, combustible, mantenimiento, emisiones, vida útil, utilización, degradación, vertidos evitados, pérdidas y valor de servicios adicionales. No debe asumirse de antemano qué tecnología ganará: precisamente por eso hace falta realizar la comparación.

30–32

Qué hacer ahora con los 707,5 MW

La propuesta no consiste en paralizar sin más el procedimiento actual. La seguridad de suministro exige planificación. Pero, antes de consolidar compromisos de muy larga duración, considera necesario responder públicamente a cuatro preguntas:

01¿Cuál es exactamente la necesidad de potencia firme?Expresar el déficit mediante indicadores de suficiencia.
02¿Qué aportan los recursos ya previstos?Incorporar red, interconexiones, bombeos, almacenamiento comprometido, renovables y generación existente.
03¿Qué parte puede cubrirse mediante recursos alternativos?Incorporar escenarios de baterías, demanda y nuevas soluciones gestionables.
04¿Qué generación convencional adicional sigue siendo necesaria?Determinar con rigor cuántos nuevos grupos resultan imprescindibles.

Una llamada especial respecto de la segunda convocatoria

A fecha de 19 de septiembre de 2026, el procedimiento se encuentra tras su fase de audiencia pública y la ficha oficial del MITECO muestra la consulta como cerrada. Si finalmente se otorgan nuevos compromisos retributivos de larga duración bajo el régimen actual, pueden proyectarse durante buena parte de la etapa en la que debería desplegarse el nuevo mecanismo.

La Decisión europea protege los compromisos válidamente celebrados bajo el mecanismo autorizado. Por tanto, el sistema posterior a 2029 puede quedar parcialmente condicionado por decisiones adoptadas antes de esa fecha. Esto aconseja introducir cuanto antes el análisis tecnológico abierto.

Financiación

Canarias no debe soportar en solitario el coste estructural derivado de su aislamiento. La Ley del Sector Eléctrico reconoce como costes diferenciados tanto el extracoste de producción en territorios no peninsulares como los mecanismos de capacidad. El futuro diseño deberá mantener el principio de solidaridad territorial.

No corresponde a este documento determinar exactamente qué proporción debe financiarse mediante Presupuestos Generales del Estado o mediante cargos del sistema. El coste adicional de garantizar el suministro en un territorio aislado no debe trasladarse exclusivamente a sus consumidores.

IV

Principios e implantación

Empezar ahora para llegar preparados a 2030

Páginas 15–17
33

Gobernanza

La distribución de responsabilidades debe impedir conflictos de interés. Red Eléctrica debería realizar los estudios técnicos de cobertura y operación, con metodología pública y sometida a supervisión.

La CNMC debería tener un papel especialmente relevante en competencia, formación de precios, supervisión de subastas, metodologías y prevención del ejercicio de poder de mercado. El MITECO debería definir el marco regulatorio y convocar los procedimientos. El Gobierno de Canarias tendría que participar en planificación energética y territorial.

Las distribuidoras deberán integrarse progresivamente en la coordinación de recursos conectados a sus redes. La peculiar titularidad del bombeo obliga además a extremar la separación entre las funciones del operador y cualquier recurso del que sea propietario.

34 · Hoja de ruta propuesta

Una transición normativa con varios años de trabajo

Final 2026–2027Estudio Canario de Suficiencia Tecnológicamente Abierto
2027Definición de potencia firme, metodología de baterías, demanda y requisitos locacionales
2027Análisis jurídico con Ley 24/2013, Ley 17/2013 y RD 738/2015
2027–2028Diseño del nuevo mecanismo y consulta pública
2027–2028Negociación europea y tramitación en materia de ayudas de Estado
2028Primera experiencia piloto
2028–2029Primera contratación para el periodo posterior al régimen actual
2030Objetivo propuesto: entrada plena del nuevo modelo

35 · Doce principios regulatorios

Las reglas que deberían orientar el diseño

01Seguridad de suministro como condición irrenunciable.
02Análisis probabilístico de suficiencia para dimensionar la necesidad real.
03Neutralidad tecnológica respecto del servicio requerido.
04Remuneración competitiva cuando exista competencia suficiente.
05Control del poder de mercado mediante medidas regulatorias específicas.
06Apertura a almacenamiento y demanda como recursos capaces de aportar seguridad.
07Separación entre energía, capacidad, flexibilidad y estabilidad para evitar distorsiones y dobles pagos.
08Tratamiento singular del bombeo derivado de su régimen de titularidad.
09Compatibilidad con la descarbonización y con los límites europeos de emisiones.
10Prestaciones mensurables y verificables antes y durante el servicio.
11Penalización efectiva del incumplimiento cuando la capacidad contratada no esté disponible.
12Transparencia sobre costes, adjudicaciones y resultados.
36–37

La cuestión de fondo

Comparar alternativas sobre una base común

La primera forma de mirar los 707,5 MW consiste en aceptar que una necesidad de cobertura conduce necesariamente a nueva generación gestionable convencional. La segunda consiste en mantener intacto el nivel de seguridad y preguntar qué combinación de recursos puede conseguirlo.

Esta propuesta defiende la segunda. No porque sepamos de antemano que las baterías ganarán, ni porque consideremos innecesarias todas las centrales térmicas, ni porque pensemos que la demanda podrá resolver por sí sola un sistema insular. Lo defiende porque es la única forma de comparar las alternativas sobre una base común.

La Orden TED/966/2026 no resuelve el problema canario, pero cambia el marco intelectual con el que debe afrontarse. España ha reconocido que la suficiencia futura requiere remunerar potencia firme, que almacenamiento y demanda pueden contribuir a proporcionarla y que el valor económico de la seguridad debe separarse del valor de la energía producida.

Canarias necesita aplicar esa filosofía a su propia realidad: no una copia, sino un modelo específico para sistemas aislados. El bombeo tendrá un tratamiento particular; las baterías deberán demostrar energía disponible además de MW; la demanda deberá ser verificable; y las térmicas existentes podrán seguir siendo necesarias, pero su participación futura deberá adaptarse al régimen europeo de emisiones.

Los nuevos compromisos deberán estar sometidos a competencia real, no únicamente formal. Los servicios técnicos deberán contratarse de manera distinta según exista o no un mercado suficientemente líquido. Nada de ello reduce la seguridad: pretende garantizarla utilizando todas las herramientas disponibles.

¿Qué necesita físicamente cada sistema para funcionar con seguridad? ¿Qué combinación de recursos puede proporcionarlo con menor coste total, menor dependencia exterior y menores emisiones?

Solo entonces podremos responder con rigor cuántos grupos térmicos adicionales siguen siendo realmente necesarios.

El horizonte de 2029 no elimina la singularidad eléctrica canaria. Nos obliga a aprovecharla mejor. Y las decisiones sobre 2031 se están tomando hoy.

Ese trabajo debe empezar ahora.

Documento fuente

Consulta la redacción literal y la estructura original

La exposición web reorganiza el contenido para facilitar su lectura, pero no pretende sustituir una transcripción literal. El PDF conserva las 18 páginas, los 37 apartados y la formulación exacta de la propuesta.

PDF · 18 páginas · 37 apartados · cuarta versión revisada, 19 de septiembre de 2026